Ley de discapacidad presuntiva en Massachusetts

PARTE DEL CÓDIGO:
LEYES GENERALES DE MASSACHUSETTS
PARTE I. ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO
TÍTULO IV. SERVICIO CIVIL, JUBILACIONES Y PENSIONES

Capítulo 32: Sección 94. Deterioro de la salud causado por hipertensión o enfermedad cardíaca, que resulta en discapacidad o muerte de un miembro remunerado del departamento de bomberos o policía; presunción
Capítulo 32: Sección 94A. Discapacidad o muerte causada por enfermedad de los pulmones o del tracto respiratorio; miembro remunerado del departamento de bomberos; presunción
Capítulo 32: Sección 94B. Discapacidad o muerte causada por ciertas condiciones de cáncer; miembro remunerado de bomberos; presunción

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DESCRIPCIÓN:

Sección 94
No obstante las disposiciones de cualquier ley general o especial en contrario que afecte al sistema no contributivo o contributivo, cualquier condición de deterioro de la salud causada por hipertensión o enfermedad cardíaca que resulte en discapacidad total o parcial o muerte de un miembro uniformado de un departamento de bomberos remunerado o miembro permanente de un departamento de policía, o de la fuerza policial de la Autoridad de Transporte de la Bahía de Massachusetts, o de la policía estatal, o de la policía de edificios de obras públicas, o de cualquier empleado en el departamento de corrección o en una instalación correccional del condado cuyas funciones regulares o incidentales requieran el cuidado, supervisión o custodia de prisioneros, personas criminalmente dementes o delincuentes defectuosos, o a cualquier miembro permanente de la tripulación de rescate, tripulante de embarcación de rescate, controlador de incendios o asistente de controlador de incendios empleado en el Aeropuerto Internacional General Edward Lawrence Logan, se presumirá que ha sido sufrida en el cumplimiento del deber, si aprobó con éxito un examen físico al ingresar a dicho servicio, o posteriormente aprobó con éxito un examen físico, cuyo examen no reveló ninguna evidencia de tal condición, a menos que se demuestre lo contrario mediante pruebas competentes.

Según se utiliza en esta sección, las palabras “miembro permanente de un departamento de policía” incluirán a un miembro permanente de la policía de parques de una ciudad o pueblo.

Sección 94A
No obstante las disposiciones de cualquier ley general o especial en contrario que afecte al sistema de jubilación no contributivo o contributivo, cualquier condición de deterioro de la salud causada por cualquier enfermedad de los pulmones o del tracto respiratorio, que resulte en discapacidad total o muerte de un miembro uniformado de un departamento de bomberos remunerado, incluyendo, sin limitación, cualquier miembro permanente de la tripulación de rescate, tripulante de embarcación de rescate, controlador de incendios o asistente de controlador de incendios empleado en el Aeropuerto Internacional General Edward Lawrence Logan, se presumirá que ha sido sufrida en el cumplimiento del deber, como resultado de la inhalación de humos nocivos o gases venenosos, si aprobó con éxito un examen físico al ingresar a dicho servicio o posterior a dicho ingreso, cuyo examen no reveló ninguna evidencia de tal condición, a menos que se demuestre lo contrario mediante pruebas competentes.

Sección 94B

  1. No obstante las disposiciones de cualquier ley general o especial en contrario, cualquier condición de cáncer que afecte la piel o los sistemas nervioso central, linfático, digestivo, hematológico, urinario, esquelético, oral o prostático, los pulmones o el tracto respiratorio, que resulte en discapacidad total o muerte de un miembro uniformado de un departamento de bomberos remunerado, o un miembro de la policía estatal asignado a la unidad de investigación de incendios del departamento de servicios de bomberos, o un miembro de la unidad K-9 de la policía estatal, o a cualquier miembro permanente de la tripulación de rescate, tripulante de embarcación de rescate, controlador de incendios o asistente de controlador de incendios empleado en el Aeropuerto Internacional General Edward Lawrence Logan, se presumirá que ha sido sufrida en el cumplimiento del deber, si aprobó con éxito un examen físico al ingresar a dicho servicio o posterior a dicho ingreso, cuyo examen no reveló ninguna evidencia de tal condición, a menos que se demuestre por preponderancia de la evidencia que factores de riesgo no relacionados con el servicio o accidentes o peligros no relacionados con el servicio, o cualquier combinación de estos, causaron dicha incapacidad. Las disposiciones de esta sección solo se aplicarán si la condición incapacitante o fatal es un tipo de cáncer que, en general, puede resultar de la exposición al calor, la radiación o un carcinógeno conocido o sospechoso según lo determinado por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer, así denominada.
  2. Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a ninguna persona que haya servido en dichos puestos durante menos de cinco años en el momento en que se descubra por primera vez dicha condición, o debería haberse descubierto. Cualquier persona que descubra por primera vez tal condición dentro de los cinco años posteriores a la última fecha en que dicha persona sirvió activamente tendrá derecho a solicitar beneficios en virtud del presente, y dichos beneficios, si se conceden, serán pagaderos a partir de la fecha en que el empleado recibió por última vez compensación regular. Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a ninguna persona que sirva en dicho puesto a menos que dicha persona establezca primero que ha respondido regularmente a llamadas de incendio o su investigación en el lugar durante alguna parte del período de su servicio en dicho puesto.
  3. Las disposiciones de esta sección también se aplicarán a cualquier condición de cáncer, aparte de las enumeradas en la subdivisión (1), que, en general, pueda resultar de la exposición al calor o la radiación o a un carcinógeno conocido o sospechoso según lo determine dicha Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer, así denominada, y cuya incidencia se encuentre mediante regulación por el comisionado del departamento de salud pública que tenga una correlación estadísticamente significativa con el servicio de bomberos.
  4. Nada de lo aquí expuesto impedirá que un miembro solicite y reciba beneficios conforme a la sección siete o la sección nueve, sujeto a las disposiciones de dichas secciones.