Ley de presunción de discapacidad en Delaware

PARTE DEL CÓDIGO:

TÍTULO 18. CÓDIGO DE SEGUROS
CAPÍTULO 67B. Pólizas de discapacidad en acto de servicio para determinados cuerpos de respuesta a emergencias
§ 6701B. Definiciones
§ 6702B. Prestaciones
§ 6703B. Requisitos de elegibilidad.
§ 6709B. Plazo de prescripción

DESCRIPCIÓN:

§ 6701B. Definiciones.

A los efectos de este capítulo, los siguientes términos y vocablos tienen los significados que se indican a continuación:

“Activo” significa cualquiera de los siguientes:

Un miembro del servicio remunerado que haya trabajado al menos 1.250 horas dentro del periodo previo de 12 meses.

Un miembro voluntario con estatus activo según lo definido por su compañía individual de bomberos o de servicios de emergencia.

“Cáncer en etapa avanzada” significa el diagnóstico realizado por un médico certificado por la junta en la especialidad médica adecuada para el tipo de cáncer diagnosticado de que existen 1 o más tumores malignos caracterizados por el crecimiento y la propagación incontrolables y anormales de células malignas con invasión de tejido normal y que existe metástasis y:

La cirugía, radioterapia o quimioterapia son médicamente necesarias; o

Existe un tumor de próstata, siempre que se trate con prostatectomía radical o radioterapia externa; o

El miembro tiene cáncer terminal, su esperanza de vida es de 24 meses o menos a partir de la fecha del diagnóstico y no se beneficiará de una terapia curativa o la ha agotado.

“Cáncer” significa un tumor maligno caracterizado por el crecimiento y la propagación incontrolados y anormales de células malignas e invasión de tejido normal. Esto incluye el cáncer de vejiga, sangre, cerebro, mama, cuello uterino, esófago, intestino, riñón, linfático, pulmón, próstata, recto, tracto respiratorio, piel, testículo y tiroides; leucemia, mieloma múltiple o linfoma no Hodgkin.

“Cáncer en etapa temprana” significa el diagnóstico realizado por un médico certificado por la junta en la especialidad médica adecuada para el tipo de cáncer implicado en el que:

Existe un carcinoma in situ tal que se ha determinado que la cirugía, radioterapia o quimioterapia son médicamente necesarias;

Existen tumores malignos que se tratan únicamente mediante procedimientos endoscópicos; o

Existen melanomas malignos.

“Técnico de emergencias médicas” (“EMT”, por sus siglas en inglés) significa una persona formada y actualmente certificada por la Comisión Estatal de Prevención de Incendios en procedimientos de atención médica de emergencia a través de un curso que cumpla con los objetivos del ámbito nacional de práctica y mantenga la certificación de Delaware, que esté desempeñando fiel y efectivamente el servicio en el Estado.

“Servicio fiel y efectivo” (o cualquier derivado del mismo) significa la participación en las actividades de un departamento o compañía de bomberos voluntarios, ambulancias o servicios médicos de emergencia legalmente organizados, escuela de bomberos, o del Mariscal de Bomberos del Estado, o del servicio de policía de bomberos o paramédicos.

“Compañía de bomberos” significa una compañía en el Estado compuesta por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza totalmente remunerada.

“Departamento de bomberos” significa un departamento en el Estado compuesto por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza totalmente remunerada.

“Instructor de bomberos” significa una persona que enseña activamente y posee un certificado para impartir cursos de formación de bomberos, expedido por la Escuela de Bomberos del Estado de Delaware y empleado por la misma.

“Mariscal de bomberos” significa una persona que es un funcionario responsable de hacer cumplir las normas contra incendios o de investigar incendios en el Estado en virtud del § 6612 del Título 16.

“Policía de bomberos” significa un miembro de una compañía de bomberos que ha prestado juramento para desempeñar funciones policiales en incendios, simulacros de incendio y cualquier emergencia o función cubierta por la compañía de bomberos.

«Prueba de ajuste» se refiere a la prueba de ajuste del equipo de respiración autónoma realizada anualmente de conformidad con los requisitos de la norma 29 CFR § 1910.134 para una atmósfera inmediatamente peligrosa para la vida y la salud.

«Bombero remunerado» se refiere a una persona que ha sido aprobada por la Escuela de Bomberos de Delaware como bombero, según lo demuestre una prueba de ajuste anual, y que desempeña fiel y efectivamente servicios de protección de la vida y la propiedad frente a incendios u otras emergencias, accidentes o calamidades en relación con los cuales se requiera el servicio del departamento o compañía de bomberos.

«Paramédico» se refiere a una persona empleada por un servicio de paramédicos del condado, tal como se define en el § 9802(7) del Título 16, que ha sido aprobada por el Registro Nacional de Técnicos de Emergencias Médicas o la Comisión de Acreditación de Programas de Educación en Salud Aliada (CAAHEP), mantiene la certificación de Delaware y desempeña fiel y efectivamente sus servicios en el Estado.

«Póliza» se refiere a un contrato entre el asegurador y el asegurado que determina las reclamaciones que el asegurador está legalmente obligado a pagar basándose en los beneficios detallados en el § 6702B de este título.

«Discapacidad total» se refiere a una discapacidad causada por el cáncer que impide a un miembro elegible poder desempeñar las funciones sustanciales y materiales de la categoría en la que ha solicitado los beneficios.

«Bombero voluntario» se refiere a un bombero que desempeña fiel y efectivamente servicios de protección de la vida y la propiedad frente a incendios u otras emergencias, accidentes o calamidades en relación con los cuales se requiera el servicio del departamento o compañía de bomberos.

«Años de servicio» se refiere a los años que el miembro activo presta servicio. Si el miembro activo presta servicio en múltiples clasificaciones al mismo tiempo, el tiempo solo se contabilizará una vez.

§ 6702B. Beneficios.

La Oficina de Cobertura de Seguros contratará una póliza en nombre de quienes sean elegibles según el § 6703B de este título para los siguientes beneficios. Beneficio en efectivo de pago único tras el diagnóstico de una afección cubierta de la siguiente manera:

Beneficio por cáncer en etapa temprana: 5.000 $.

Beneficio por cáncer en etapa avanzada: 20.000 $.

El total combinado de todos los beneficios de pago único recibidos durante la vida de un miembro no superará los 40.000 $.

Beneficios mensuales por discapacidad por un periodo que no exceda los 36 meses, pagaderos tras el diagnóstico de una afección cubierta de la siguiente manera:

La Clase 1 comprenderá a todos los miembros del servicio remunerados que estén «activos».

La cantidad menor entre el 60% del salario mensual o 4.000 $.

Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio pagado efectivamente al miembro únicamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente y se limitará a la diferencia entre el importe de dicho otro beneficio pagado y el importe especificado en el presente documento.

La Clase 2 comprenderá a todo el personal descrito en el § 6703B(a) de este título que no cumpla los requisitos de la Clase 1.

1.500 $ al mes.

Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio pagado efectivamente al miembro únicamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente, sin incluir los seguros privados contratados únicamente por el miembro, y se limitará a la diferencia entre el importe de dicho otro beneficio pagado y el importe especificado en el presente documento.

§ 6703B. Elegibilidad.

Un bombero voluntario o remunerado, técnico de emergencias médicas (EMT), paramédico, instructor de bomberos, mariscal de bomberos y policía de bomberos será elegible para la cobertura bajo esta disposición tras 3 años de servicio activo.

Cualquier persona que fuera simultáneamente miembro de más de una clase en el momento del diagnóstico no tendrá derecho a recibir beneficios de, o en nombre de, más de una de dichas clases, pero tendrá derecho a la mayor de las dos clases.

Un miembro cubierto de la clase 1 o clase 2 de esta disposición seguirá siendo elegible para los beneficios de conformidad con el § 6702B de este título durante 60 meses después del cese formal de la condición del miembro como bombero voluntario activo, bombero remunerado, EMT, paramédico, instructor de bomberos, mariscal de bomberos o policía de bomberos.

§ 6709B. Prescripción de acciones

Un demandante no podrá presentar una reclamación o acción después de transcurridos 2 años desde el momento en que se le diagnosticó un cáncer calificado según se define en el § 6701B de este título.