Ley de discapacidad presuntiva en Delaware
PARTE DEL CÓDIGO:
TÍTULO 18. CÓDIGO DE SEGUROS
CAPÍTULO 67B. Pólizas de Discapacidad en el Cumplimiento del Deber para Ciertos Socorristas
§ 6701B. Definiciones
§ 6702B. Beneficios
§ 6703B. Elegibilidad.
§ 6709B. Plazo de prescripción
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DESCRIPCIÓN:
§ 6701B. Definiciones.
Según se utiliza en este capítulo, las siguientes palabras y términos tienen los siguientes significados:
- “Activo” significa cualquiera de los siguientes:
- Un miembro de servicio remunerado que ha trabajado al menos 1.250 horas dentro del período de 12 meses previos.
- Un miembro voluntario con estatus activo según lo definido por su compañía individual de bomberos o servicios de emergencia.
- “Cáncer en etapa avanzada” significa un diagnóstico por un médico certificado en la especialidad médica apropiada para el tipo de cáncer diagnosticado de que existen uno o más tumores malignos caracterizados por el crecimiento y propagación incontrolable y anormal de células malignas con invasión de tejido normal y que hay metástasis y:
- La cirugía, radioterapia o quimioterapia es médicamente necesaria; o
- Hay un tumor de próstata, siempre que se trate con prostatectomía radical o terapia de haz externo; o
- El miembro tiene cáncer terminal, su esperanza de vida es de 24 meses o menos desde la fecha del diagnóstico, y no se beneficiará de, o ha agotado, la terapia curativa.
- “Cáncer” significa un tumor maligno caracterizado por el crecimiento y propagación incontrolado y anormal de células malignas y la invasión de tejido normal. Esto incluye cáncer de vejiga, sangre, cerebro, mama, cervical, esofágico, intestinal, riñón, linfático, pulmón, próstata, rectal, tracto respiratorio, piel, testicular y tiroides; leucemia, mieloma múltiple; o linfoma no Hodgkin.
- “Cáncer en etapa temprana” significa un diagnóstico por un médico certificado en la especialidad médica apropiada para el tipo de cáncer involucrado en que:
- Hay carcinoma in situ de tal manera que se ha determinado que la cirugía, radioterapia o quimioterapia es médicamente necesaria;
- Hay tumores malignos que se tratan únicamente mediante procedimientos endoscópicos; o
- Hay melanomas malignos.
- “Técnico en emergencias médicas” (“EMT”) significa una persona capacitada y actualmente certificada por la Comisión Estatal de Prevención de Incendios en procedimientos de atención médica de emergencia a través de un curso que cumple con los objetivos del alcance nacional de la práctica y mantiene la certificación de Delaware, que está fiel y realmente prestando servicio en el Estado.
- “Servicio fiel y real” (o cualquier derivado del mismo) significa la participación en las actividades de un departamento o compañía de bomberos voluntarios, ambulancia o servicio médico de emergencia legalmente organizado, escuela de bomberos, o Mariscal de Bomberos del Estado, o servicio de policía de bomberos o paramédico.
- “Compañía de bomberos” significa una compañía en el Estado compuesta por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza totalmente remunerada.
- “Departamento de bomberos” significa un departamento en el Estado compuesto por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza totalmente remunerada.
- “Instructor de bomberos” significa un individuo que enseña activamente y posee un certificado para impartir cursos de capacitación para bomberos, emitido por y empleado por la Escuela Estatal de Bomberos de Delaware.
- “Mariscal de bomberos” significa una persona que es un oficial responsable de hacer cumplir las regulaciones de incendios o investigar incendios en el Estado según § 6612 del Título 16.
- “Policía de bomberos” significa un miembro de una compañía de bomberos que ha prestado juramento para desempeñar funciones policiales en incendios, simulacros de incendios y cualquier emergencia o función cubierta por la compañía de bomberos.
- “Prueba de ajuste” significa la prueba de ajuste del aparato de respiración autónomo realizada anualmente de conformidad con los requisitos de 29 CFR § 1910.134 para una atmósfera inmediatamente peligrosa para la vida y la salud.
- “Bombero remunerado” significa una persona que ha sido aprobada por la Escuela de Bomberos de Delaware como bombero, como lo evidencia una prueba de ajuste anual, y que está fiel y realmente prestando servicio en la protección de la vida y la propiedad contra incendios u otra emergencia, accidente o calamidad en conexión con la cual se requiere el servicio del departamento o compañía de bomberos.
- “Paramédico” significa una persona que está empleada por un servicio de paramédicos del condado según se define en § 9802(7) del Título 16, ha sido aprobada por el Registro Nacional de Técnicos en Emergencias Médicas o la Comisión de Acreditación de Programas Educativos en Ciencias de la Salud Aliadas (CAAHEP), mantiene la certificación de Delaware y está fiel y realmente prestando servicio en el Estado.
- “Póliza” significa un contrato entre el asegurador y el asegurado que determina las reclamaciones que el asegurador está legalmente obligado a pagar según los beneficios descritos en el § 6702B de este título.
- “Discapacidad total” significa una discapacidad causada por cáncer que impide que un miembro elegible pueda desempeñar las funciones sustanciales y materiales bajo la clase en la que ha solicitado los beneficios.
- “Bombero voluntario” significa un bombero que está fiel y efectivamente prestando servicio en la protección de la vida y la propiedad contra incendios u otras emergencias, accidentes o calamidades en relación con las cuales se requiere el servicio del departamento o compañía de bomberos.
- “Años de servicio” significa los años que el miembro activo sirve. Si el miembro activo sirve en múltiples clasificaciones al mismo tiempo, el tiempo solo se contará una vez.
§ 6702B. Beneficios.
La Oficina de Cobertura de Seguros adquirirá una póliza en nombre de aquellos que sean elegibles según el § 6703B de este título para los siguientes beneficios. Beneficio en efectivo de suma global pagadero después del diagnóstico de una condición cubierta de la siguiente manera:
- Beneficio por cáncer en etapa temprana — $5,000.
- Beneficio por cáncer en etapa avanzada — $20,000.
- El total combinado de todos los beneficios de suma global recibidos durante la vida de un miembro no excederá los $40,000.
- Beneficios mensuales por discapacidad por un período que no exceda los 36 meses, pagaderos después del diagnóstico de una condición cubierta de la siguiente manera:
- La Clase 1 serán todos los miembros de servicio remunerado que estén “activos.”
- El menor entre el 60% del salario mensual o $4,000.
- Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio realmente pagado al miembro únicamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente y se limitará a la diferencia entre el monto de dicho otro beneficio pagado y el monto especificado aquí.
- La Clase 2 será todo el personal descrito en el § 6703B(a) de este título que no cumpla con el requisito de la Clase 1.
- $1,500 por mes.
- Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio realmente pagado al miembro únicamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente, sin incluir el seguro privado adquirido únicamente por el miembro, y se limitará a la diferencia entre el monto de dicho otro beneficio pagado y el monto especificado aquí.
- La Clase 1 serán todos los miembros de servicio remunerado que estén “activos.”
§ 6703B. Elegibilidad.
- Un bombero voluntario o remunerado, técnico de emergencias médicas, paramédico, instructor de bomberos, inspector de incendios y policía de bomberos será elegible para la cobertura bajo esta disposición después de 3 años de servicio activo.
- Cualquier persona que fuera simultáneamente miembro de más de 1 clase en el momento del diagnóstico no tendrá derecho a recibir beneficios de, o en nombre de, más de 1 de dichas clases, pero tiene derecho al mayor de los 2 clases.
- Un miembro cubierto de la clase 1 o clase 2 de esta disposición permanecerá elegible para los beneficios conforme al § 6702B de este título durante 60 meses después del cese formal del estatus del miembro como bombero voluntario activo, bombero remunerado, técnico de emergencias médicas, paramédico, instructor de bomberos, inspector de incendios o policía de bomberos.
§ 6709B. Estatuto de limitación
Un reclamante no presentará una reclamación o acción después de 2 años siguientes al momento en que el reclamante fue diagnosticado con un cáncer calificado según se define en el § 6701B de este título.
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PARTE DEL CÓDIGO:
TÍTULO 18. CÓDIGO DE SEGUROS
CAPÍTULO 67B. Pólizas de Discapacidad en el Cumplimiento del Deber para Ciertos Socorristas
§ 6701B. Definiciones
§ 6702B. Beneficios
§ 6703B. Elegibilidad.
§ 6709B. Estatuto de limitación
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DESCRIPCIÓN:
§ 6701B. Definiciones.
Según se utiliza en este capítulo, las siguientes palabras y términos tienen los siguientes significados:
“Activo” significa cualquiera de los siguientes:
Un miembro de servicio remunerado que ha trabajado al menos 1,250 horas dentro del período de 12 meses anteriores.
Un miembro voluntario con estatus activo según lo definido por su compañía individual de bomberos o servicios de emergencia.
“Cáncer en etapa avanzada” significa un diagnóstico por un médico certificado en la especialidad médica apropiada para el tipo de cáncer diagnosticado de que hay 1 o más tumores malignos caracterizados por el crecimiento y propagación incontrolable y anormal de células malignas con invasión de tejido normal y que hay metástasis y:
La cirugía, radioterapia o quimioterapia es médicamente necesaria; o
Hay un tumor de próstata, siempre que se trate con prostatectomía radical o terapia de haz externo; o
El miembro tiene cáncer terminal, su esperanza de vida es de 24 meses o menos desde la fecha del diagnóstico, y no se beneficiará de, o ha agotado, la terapia curativa.
“Cáncer” significa un tumor maligno caracterizado por el crecimiento y propagación incontrolados y anormales de células malignas y la invasión de tejido normal. Esto incluye cáncer de vejiga, sangre, cerebro, mama, cervical, esofágico, intestinal, renal, linfático, pulmonar, prostático, rectal, del tracto respiratorio, de piel, testicular y tiroideo; leucemia, mieloma múltiple; o linfoma no Hodgkin.
“Cáncer en etapa temprana” significa un diagnóstico realizado por un médico certificado en la especialidad médica apropiada para el tipo de cáncer involucrado en el que:
Existe carcinoma in situ de tal manera que se ha determinado que la cirugía, radioterapia o quimioterapia es médicamente necesaria;
Hay tumores malignos que se tratan únicamente mediante procedimientos endoscópicos; o
Hay melanomas malignos.
“Técnico en emergencias médicas” (“EMT”) significa una persona capacitada y actualmente certificada por la Comisión Estatal de Prevención de Incendios en procedimientos de atención médica de emergencia a través de un curso que cumple con los objetivos del alcance nacional de la práctica y mantiene la certificación de Delaware, que está fiel y realmente prestando servicio en el Estado.
“Servicio fiel y real” (o cualquier derivado del mismo) significa la participación en las actividades de un departamento o compañía de bomberos voluntarios, ambulancia o servicio médico de emergencia legalmente organizado, escuela de bomberos, o Jefe de Bomberos del Estado, o servicio de policía de bomberos o paramédico.
“Compañía de bomberos” significa una compañía en el Estado compuesta por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza completamente remunerada.
“Departamento de bomberos” significa un departamento en el Estado compuesto por bomberos voluntarios, policía de bomberos, empleados remunerados de compañías de bomberos voluntarios, compañías de ambulancias voluntarias, miembros de compañías de ambulancias voluntarias, empleados remunerados de compañías de ambulancias voluntarias y bomberos que forman parte de una fuerza completamente remunerada.
“Instructor de bomberos” significa un individuo que enseña activamente y posee un certificado para impartir cursos de formación de bomberos, emitido por y empleado por la Escuela de Bomberos del Estado de Delaware.
“Jefe de bomberos” significa una persona que es un oficial responsable de hacer cumplir las regulaciones contra incendios o investigar incendios en el Estado según el § 6612 del Título 16.
“Policía de bomberos” significa un miembro de una compañía de bomberos que ha prestado juramento para realizar funciones policiales en incendios, simulacros de incendios y cualquier emergencia o función cubierta por la compañía de bomberos.
“Prueba de ajuste” significa la prueba de ajuste del aparato de respiración autónomo realizada anualmente de conformidad con los requisitos del 29 CFR § 1910.134 para una atmósfera inmediatamente peligrosa para la vida y la salud.
“Bombero remunerado” significa una persona que ha sido aprobada por la Escuela de Bomberos de Delaware como bombero, como lo evidencia una prueba de ajuste anual, y que está fiel y realmente prestando servicio en la protección de la vida y la propiedad contra incendios u otras emergencias, accidentes o calamidades en relación con las cuales se requiere el servicio del departamento o compañía de bomberos.
“Paramédico” significa una persona que está empleada por un servicio paramédico del condado según se define en el § 9802(7) del Título 16, ha sido aprobada por el Registro Nacional de Técnicos en Emergencias Médicas o la Comisión de Acreditación de Programas Educativos en Ciencias de la Salud Aliadas (CAAHEP), mantiene la certificación de Delaware y está fiel y realmente prestando servicio en el Estado.
“Póliza” significa un contrato entre el asegurador y el asegurado que determina las reclamaciones que el asegurador está legalmente obligado a pagar basándose en los beneficios descritos en el § 6702B de este título.
“Incapacidad total” significa una discapacidad causada por cáncer que impide que un miembro elegible pueda realizar las tareas sustanciales y materiales bajo la clase en la que han solicitado los beneficios.
“Bombero voluntario” significa un bombero que está fiel y realmente prestando servicio en la protección de la vida y la propiedad contra incendios u otras emergencias, accidentes o calamidades en relación con las cuales se requiere el servicio del departamento o compañía de bomberos.
“Años de servicio” significa los años que el miembro activo sirve. Si el miembro activo sirve en múltiples clasificaciones al mismo tiempo, el tiempo solo se contará una vez.
§ 6702B. Beneficios.
La Oficina de Cobertura de Seguros adquirirá una póliza en nombre de aquellos que son elegibles según el § 6703B de este título para los siguientes beneficios. Beneficio en efectivo de suma global pagadero después del diagnóstico de una condición cubierta de la siguiente manera:
Beneficio por cáncer en etapa temprana — $5,000.
Beneficio por cáncer en etapa avanzada — $20,000.
El total combinado de todos los beneficios de suma global recibidos durante la vida de un miembro no excederá los $40,000.
Beneficios mensuales por discapacidad por un período que no exceda los 36 meses, pagaderos después del diagnóstico de una condición cubierta, de la siguiente manera:
La Clase 1 comprenderá a todos los miembros del servicio remunerados que estén “activos.”
Lo que sea menor entre el 60% del salario mensual o $4,000.
Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio efectivamente pagado al miembro exclusivamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente y se limitará a la diferencia entre el monto de dicho otro beneficio pagado y el monto especificado en este documento.
La Clase 2 comprenderá a todo el personal descrito en el § 6703B(a) de este título que no cumpla con el requisito de la Clase 1.
$1,500 por mes.
Dicho beneficio mensual estará subordinado a cualquier otro beneficio efectivamente pagado al miembro exclusivamente por dicha discapacidad de cualquier otra fuente, sin incluir el seguro privado adquirido únicamente por el miembro, y se limitará a la diferencia entre el monto de dicho otro beneficio pagado y el monto especificado en este documento.
§ 6703B. Elegibilidad.
Un bombero voluntario o remunerado, técnico en emergencias médicas, paramédico, instructor de bomberos, jefe de bomberos y policía de bomberos será elegible para la cobertura bajo esta disposición después de 3 años de servicio activo.
Cualquier persona que fuera simultáneamente miembro de más de 1 clase en el momento del diagnóstico no tendrá derecho a recibir beneficios de, o en nombre de, más de 1 de dichas clases, pero tendrá derecho a la más alta de las 2 clases.
Un miembro cubierto de la clase 1 o clase 2 de esta disposición permanecerá elegible para los beneficios de conformidad con el § 6702B de este título durante 60 meses después del cese formal de la condición del miembro como bombero voluntario activo, bombero remunerado, técnico en emergencias médicas, paramédico, instructor de bomberos, jefe de bomberos o policía de bomberos.
§ 6709B. Estatuto de limitaciones
Un reclamante no podrá presentar una reclamación o acción después de 2 años siguientes al momento en que el reclamante fue diagnosticado con un cáncer calificado según se define en el § 6701B de este título.