Licenciamiento

Los programas de formación de IAFF HazMat cumplen o superan los estándares de la industria y se actualizan con frecuencia, generando una fuerte demanda de agencias externas para utilizar los programas de formación de IAFF.

Los programas y servicios proporcionados por el Departamento de Formación HazMat de IAFF están destinados a promover la seguridad y el bienestar de los socorristas que puedan responder a emergencias que involucren materiales peligrosos. Sus programas de formación son creados y mantenidos por un equipo de desarrolladores de planes de estudios, expertos en la materia de primeros auxilios y profesionales que sirven en comités de estándares y acreditación, quienes colaboran para desarrollar programas de formación HazMat de vanguardia. Los programas de formación HazMat de IAFF cumplen o superan los estándares de la industria y se actualizan con frecuencia, generando una fuerte demanda de agencias externas para utilizar los programas de formación de IAFF.

Para garantizar que los programas de formación HazMat de IAFF se impartan adecuadamente y solo según lo previsto, se ha implementado una política formal de licencias que especifica la forma en que los programas de formación HazMat de IAFF pueden utilizarse legalmente. Este procedimiento fue instituido por IAFF para proteger la integridad de IAFF, sus programas y los intereses de los miembros de IAFF.

Bajo la política actual, la autorización para utilizar los programas de formación HazMat de IAFF bajo licencia solo se otorgará a departamentos de bomberos y sitios de formación que capaciten a socorristas. Limitar la concesión de licencias únicamente a aquellas entidades que realmente administran estos programas permitirá a IAFF garantizar que solo se impartan en estricto cumplimiento con el acuerdo de licencia. Además, un departamento de bomberos que utilice los recursos e instalaciones de otro departamento de bomberos para capacitar a bomberos debe solicitar su propia licencia. Cualquier uso de los programas de formación HazMat de IAFF sin licencia o cualquier uso indebido de los programas de formación HazMat constituye una violación de los derechos de autor de IAFF.

¿Es usted un sitio de formación autorizado que realiza su propia capacitación HazMat?

Registre a sus instructores, reciba su enlace de registro y programe las pruebas de certificación.

¿Está realizando su propia capacitación para un curso HazMat no autorizado?

Registre a sus instructores y reciba su enlace de registro y materiales para la formación indirecta no Pro Board.

Elegibilidad

El Departamento de Formación HazMat de IAFF toma su misión con seriedad: proporcionar capacitación a todos los socorristas cuyo deber potencialmente incluye la respuesta HazMat. Creemos firmemente que nuestro programa es la mejor formación para la respuesta HazMat, pero a la luz de la disminución de fondos de las agencias de subvenciones, no podemos llegar a todas las áreas que necesitan capacitación de alta calidad para bomberos de primera línea.

Para garantizar que la formación esté disponible para todos los socorristas que la necesiten, IAFF ha permitido que su programa sea utilizado por agencias que acepten cumplir con sus estándares de licencia, ampliando su alcance en todo Estados Unidos y Canadá, incluyendo:

  • Academias de formación: estatales, regionales o locales.
  • Colegios comunitarios y universidades.
  • Departamentos de bomberos con números más pequeños que no pueden cumplir con el mínimo de 20 estudiantes exigido por el gobierno para la formación de IAFF.
  • Departamentos más grandes con necesidades de alto volumen.

The IAFF’s Health and Safety Department’s Fire Ground Survival and CPAT programs are already operating under licensing. The HazMat licensing program is modeled after these programs.

Requisitos

Un departamento de bomberos/sitio de formación debe primero solicitar una licencia de IAFF y, una vez aprobada, debe pagar una tarifa anual de licencia. Las tarifas de licencia se eximen para los afiliados de IAFF, incluidas las asociaciones locales y estatales/provinciales. El sitio de formación también debe poder albergar una clase de Formación de Formadores para certificar a sus instructores al nivel de Instructor Certificado. IAFF llevará a cabo una Formación de Formadores de 10-20 instructores locales que cumplan con los criterios mínimos:

  • Ser bombero, o estar empleado por un departamento de bomberos o sitio de formación de bomberos e involucrado en un programa de formación de servicios de bomberos
  • Tener al menos un año de experiencia en enseñanza
  • Tener certificación al nivel de Instructor I de NFPA® o equivalente

Los departamentos de bomberos/sitios de formación pueden hacer arreglos con agencias de formación del área para coordinar la capacitación para una Formación de Formadores regional. Se espera que un solo sitio de formación tenga un mínimo de tres Instructores Certificados HazMat de IAFF, pero solo se requieren dos Instructores Certificados de IAFF para co-enseñar una clase de Materiales Peligrosos de IAFF. Además, un sitio de formación que utilice los recursos e instalaciones de otro sitio para capacitar a bomberos debe solicitar su propia licencia.

El Departamento de Capacitación de IAFF HazMat emitirá licencias a los sitios que soliciten y cumplan los siguientes criterios para llevar a cabo clases en su centro de formación:

  • Acordar tener un mínimo de tres Instructores Certificados de IAFF en plantilla en todo momento (los Instructores Certificados han aprobado el programa de Formación de Formadores de IAFF).
  • Disponer de un espacio exterior adecuado (mínimo de 120’X120′) y todo el equipo necesario para la formación práctica. Lista de equipos en documento separado.
  • Acordar que todos los estudiantes sean sometidos a pruebas de ajuste de SCBA y tengan SFPC antes de la clase (de lo contrario, los participantes no podrán participar en los ejercicios de formación práctica para obtener la certificación ProBoard®).
  • Disponer de un espacio de aula adecuado, mesas y sillas para 25 estudiantes.
  • Contar con capacidad audiovisual adecuada para proyectar presentaciones digitales, diapositivas digitales y vídeos integrados durante la clase.
  • Acordar no formar a más de 25 estudiantes por clase por cada dos instructores.
  • Acordar llevar a cabo clases según los estándares de 24 horas para la formación de Operaciones de HazMat y 80 para Técnico (no menos).
  • Acordar que cada evento de formación se realizará con al menos dos Instructores Certificados de IAFF co-enseñando diariamente.
  • Acordar que cuando un sitio duplique los manuales de estudiantes de IAFF, estos serán copiados en color para la identificación de carteles.
  • Acordar que los estudiantes se registren en el sitio de inscripción de IAFF con al menos un mes de antelación.
  • Acordar notificar al Departamento de HazMat de IAFF sobre la cancelación de clases con al menos un mes de antelación.
  • Acordar ser auditado por IAFF en cualquier momento.
  • Acordar las tarifas de licencia y de supervisión.
  • Acordar cumplir con las regulaciones de exámenes de IAFF como parte de la acreditación Pro Board®.
Certificación de formación

Los participantes que asistan y aprueben un curso de Formación de Formadores de IAFF para cualquier centro de formación autorizado serán Instructores Certificados de IAFF y se les permitirá facilitar el curso para el cual recibieron la formación. Los Instructores Certificados solo pueden instruir en el sitio en el que están autorizados. Cualquier estudiante formado por un Instructor Certificado de IAFF será elegible para recibir certificados Pro Board®.

Los participantes que asistan y aprueben el curso de Operaciones de HazMat de IAFF impartido por un Instructor Certificado de IAFF serán certificados por Pro Board® para los niveles de Concienciación, Operaciones y Control de Productos y EPP Específicos de Misión de HazMat, según lo prescrito por la NFPA® NFPA 470 Norma – Estándar de Materiales Peligrosos/Armas de Destrucción Masiva (ADM) para Respondedores, Edición 2022, Capítulos 5, 7, 9.2 y 9.6.

Los participantes que asistan y aprueben el curso de Técnico de HazMat de IAFF serán certificados por IAFF y Pro Board® para la NFPA 470 Estándar de Materiales Peligrosos/Armas de Destrucción Masiva para Respondedores, Edición 2022, Capítulo 11.

  • NFPA® 470: Norma sobre la Competencia de los Respondedores ante Incidentes con Materiales Peligrosos/Armas de Destrucción Masiva, Capítulo 11: Competencias para Técnicos en Materiales Peligrosos
  • NFPA® 1991: Norma sobre Conjuntos de Protección contra Vapores para Emergencias con Materiales Peligrosos
  • NFPA® 1992: Norma sobre Conjuntos y Ropa de Protección contra Salpicaduras de Líquidos para Emergencias con Materiales Peligrosos
  • NFPA® 1994: Norma sobre Conjuntos de Protección para Primeros Respondedores ante Incidentes de Terrorismo QBRN
Costos indirectos de formación

Para garantizar que IAFF tenga recursos adecuados para realizar revisiones y auditorías in situ, se cobrará a los titulares de licencias una tarifa anual de licencia de $5,000. Los afiliados de IAFF están exentos de la tarifa anual de licencia, esto incluye a los locales de IAFF y a las asociaciones estatales/provinciales.

Las licencias pueden ser renovadas por el departamento de bomberos/centro de formación de bomberos cada 12 meses tras la presentación de información actualizada sobre sus instructores certificados y una lista del equipo de formación. Todas las solicitudes de renovación de licencias están sujetas a revisión por parte del Departamento de Capacitación de HazMat de IAFF, lo que puede implicar una auditoría in situ para garantizar la calidad. Como parte de la tarifa anual, el Instructor Certificado de IAFF recibirá actualizaciones de los materiales de formación de instructores e información continua sobre los programas de formación de HazMat de IAFF. Las licencias serán intransferibles, no exclusivas y revocables a voluntad por cualquier motivo.

Un departamento de bomberos/sitio de capacitación de bomberos con licencia puede albergar capacitación para hasta 25 candidatos por clase por una tarifa de hasta $3,000 (EE.UU.). Como parte de esta tarifa, el IAFF proporcionará un supervisor calificado por Pro Board® para administrar la prueba final el último día. Esta tarifa también cubre la cuota de presentación del estudiante para el registro de Pro Board®. Un sitio de capacitación puede optar por utilizar un centro de pruebas contratado por IAFF en lugar de un supervisor de IAFF. Cualquier tarifa de prueba asociada será pagadera directamente a IAFF.

Todo pago debe ser recibido 90 días antes del inicio de una clase de capacitación HazMat. Si el pago no se recibe antes del inicio del taller, los candidatos no estarán autorizados a asistir y no serán certificados. Realizar clases sin la intención de certificar a los estudiantes es una violación de la licencia de IAFF. Si se revoca una licencia, un sitio no está autorizado a utilizar los materiales intelectuales de IAFF y, por lo tanto, está en violación de la ley de derechos de autor.

Pro Board® requiere que un Instructor Master de IAFF o un centro de pruebas aprobado actúe como supervisor para sus cursos certificados y, por lo tanto, no permitirá la delegación de la supervisión de pruebas a ningún personal del sitio de capacitación.

Términos y condiciones

Para garantizar que los Programas de Capacitación HazMat de IAFF se estén impartiendo adecuadamente y solo como se pretende, se ha implementado una política formal de licencias que especifica la manera en que estos Programas de Capacitación HazMat de IAFF pueden utilizarse legalmente. Este procedimiento fue instituido por IAFF para proteger la integridad de sus Programas de Capacitación HazMat y los intereses de los miembros de IAFF, asegurando que estos programas se implementen correctamente y según lo previsto.

Bajo la política actual, la autorización para utilizar los Programas de Capacitación HazMat de IAFF bajo una Licencia Completa solo se otorgará a departamentos de bomberos o sitios de capacitación para entrenar a estudiantes dentro de su jurisdicción. Limitar la concesión de licencias solo a aquellas entidades que realmente administran los Programas de Capacitación HazMat de IAFF permitirá a IAFF asegurar que solo se entreguen en estricto cumplimiento con el acuerdo de licencia.

Las organizaciones de capacitación de terceros (limitadas a agencias federales, estatales o provinciales; academias de bomberos estatales/provinciales; y colegios/universidades que realizan capacitación de bomberos) pueden solicitar una licencia. Dichas licencias permiten a las organizaciones de capacitación de terceros o consorcios regionales utilizar y enseñar los Programas de Capacitación HazMat de IAFF con el propósito de capacitar a bomberos o personal de seguridad pública cuando la capacitación no es proporcionada o disponible en su departamento de bomberos. Sin embargo, esta licencia se otorga solo bajo las condiciones expresas de que el licenciatario solo puede impartir los Programas de Capacitación HazMat de IAFF para un departamento de bomberos/sitio de capacitación que cumpla con todos los requisitos. Los licenciatarios no utilizarán los Programas de Capacitación HazMat de IAFF para capacitar a ninguna persona sin obtener primero un acuerdo por escrito con el departamento de bomberos/sitio de capacitación donde la persona está empleada.

Además, un departamento de bomberos/sitio de capacitación que utilice los recursos e instalaciones de otro sitio para capacitar a bomberos debe solicitar su propia licencia.

La política de licencias asegura que los Programas de Capacitación HazMat de IAFF utilizados por el licenciatario cubran completamente todos los aspectos de los Programas de Capacitación HazMat de IAFF, incluidas todas las medidas de seguridad requeridas. Cualquier uso de los Programas de Capacitación HazMat de IAFF sin una licencia o cualquier uso indebido de los programas es una violación de los derechos de autor de IAFF sobre los Programas de Capacitación HazMat de IAFF.

Para obtener más información sobre los programas de Capacitación HazMat de IAFF y su licenciamiento, envíe un correo electrónico a [email protected]. Para aprender cómo solicitar financiamiento federal que puede pagar por capacitación, reemplazo, aparatos o personal, haga clic aquí o envíe un correo electrónico a [email protected] o llame al (202) 824-1562.

Términos y condiciones

La Licencia de los Programas de Capacitación IAFF HazMat se otorga únicamente bajo la condición expresa de que el licenciatario utilice los Programas de Capacitación IAFF HazMat en su totalidad y exclusivamente con el propósito de formar a los equipos de primera respuesta para identificar y responder a incidentes que involucren materiales peligrosos. Esta capacitación incluye, pero no se limita necesariamente a las siguientes habilidades: analizar el incidente para identificar el problema y el comportamiento de HazMat/ADM y los contenedores presentes; planificar una respuesta inicial, desarrollar un plan de acción para el incidente y comunicar dicho plan de acuerdo con los procedimientos/directrices operativos estándar (POE/DOE) y el equipo y personal disponibles; implementar la respuesta planificada mientras se observan las operaciones y los resultados; utilizar EPP en incidentes de HazMat/ADM; realizar control defensivo del producto en incidentes de HazMat/ADM; y evaluar el progreso para determinar la eficacia de las acciones tomadas para estabilizar el incidente y proteger a las personas, la propiedad y el medio ambiente, incluyendo el uso de equipos específicos, accesorios, medidas de seguridad e Instructores Certificados por IAFF.

Cualquier intento por parte del licenciatario de utilizar solo una parte de los Programas de Capacitación IAFF HazMat o de utilizar los Programas de Capacitación IAFF HazMat sin las medidas de seguridad adecuadas y/o sin Instructores Certificados por IAFF es incompatible con el alcance de esta licencia y, por lo tanto, está prohibido. El licenciatario está autorizado únicamente a hacer uso de los Programas de Capacitación IAFF HazMat de acuerdo con los términos y condiciones del Manual del Programa. El Manual del Programa se incorpora por la presente a este acuerdo de licencia.

Como condición para recibir una Licencia de los Programas de Capacitación IAFF HazMat, el licenciatario debe aceptar que llevará a cabo los Programas de Capacitación IAFF HazMat de acuerdo con los requisitos de licencia de IAFF. El licenciatario completo deberá cumplir con los siguientes requisitos de licencia:

  • Utilizar únicamente Instructores Certificados por IAFF;
  • Contar con al menos tres Instructores Certificados por IAFF en su plantilla;
  • Tener un mínimo de dos Instructores Certificados por IAFF co-impartiendo cada curso;
  • Capacitar a no más de 25 estudiantes por clase por cada dos instructores;
  • Adquirir/comprar el equipo/accesorios requeridos y verificar que dicho equipo/accesorios cumplan con todas las especificaciones del Manual del Programa;
  • Proporcionar instalaciones y equipo para el examen final escrito y práctico;
  • Asegurar que tiene la capacidad de administrar el Programa de conformidad con las especificaciones establecidas en el acuerdo;
  • Hacer que los estudiantes se registren en el sitio de registro de IAFF al menos un mes antes para recibir la certificación;
  • Notificar al Departamento HazMat de IAFF sobre la cancelación de clases al menos con un mes de anticipación; y
  • Adherirse a las regulaciones de evaluación de IAFF como parte de su acreditación Pro Board®.

IAFF proporcionará certificados personalizados para los estudiantes que se registren, completen con éxito el curso y completen la encuesta de evaluación posterior al curso.

Las licencias solo se emitirán a departamentos de bomberos, organizaciones de capacitación de terceros o consorcios regionales que sean:

  • Gobiernos o agencias federales, estatales o provinciales;
  • Academias de bomberos estatales o provinciales;
  • Colegios/universidades que imparten cursos de formación para bomberos; o
  • Consorcios regionales de departamentos de bomberos dentro de un estado o provincia.

Para garantizar el cumplimiento de esta política, IAFF llevará a cabo revisiones y auditorías periódicas in situ de las instalaciones que posean una licencia, y el licenciatario debe aceptar cooperar plenamente con dichos esfuerzos. La revisión y auditoría in situ incluirá, pero no se limitará necesariamente a lo siguiente:

  • Verificación de los procedimientos de capacitación y uso de los materiales del Programa de Capacitación IAFF HazMat;
  • Verificación de instructores certificados por IAFF;
  • Inspección del equipo para asegurar que todos los equipos y accesorios cumplan con las especificaciones; y
  • Verificación de asistencia mediante lista de todos los individuos capacitados.

Para asegurar que IAFF cuente con los recursos adecuados para realizar revisiones y auditorías in situ, a los titulares de licencias se les cobrará una tarifa anual de licencia de $5,000. Las tarifas de licencia se eximen para los afiliados de IAFF, incluidas las asociaciones locales y estatales/provinciales. Los licenciatarios también recibirán todas y cada una de las actualizaciones del Programa.

Las licencias son intransferibles, no exclusivas y pueden ser terminadas a voluntad por cualquier razón y en cualquier momento. IAFF puede terminar la licencia mediante notificación escrita, efectiva inmediatamente después de la recepción de dicha notificación por la otra parte, y cualquier tarifa ya pagada por el licenciatario en el momento de la terminación no es reembolsable.

El Curso, y cualquier información escrita, impresa, gráfica o registrada electrónica o magnéticamente desarrollada de acuerdo con este Convenio, será propiedad única y exclusiva de IAFF. Además, cualquier información escrita, impresa, gráfica o registrada electrónica o magnéticamente proporcionada por IAFF para su uso en la ejecución de las disposiciones de este Convenio es propiedad exclusiva de IAFF. IAFF posee los derechos de propiedad sobre estos Programas de Capacitación HazMat de IAFF. Esta información propietaria incluye, pero no se limita a, Materiales del Curso, listas de clientes, información de marketing e información concerniente a los empleados, donantes, benefactores, productos, servicios, precios, operaciones y subsidiarias de IAFF que no estén disponibles de otra manera en el curso normal de los acontecimientos. El sitio anfitrión mantendrá esta información en la más estricta confidencialidad y no la divulgará por ningún medio a persona alguna, excepto con la aprobación escrita de IAFF, y solo en la medida necesaria para cumplir con este Convenio. Esta prohibición también se aplica a los empleados y agentes del Sitio Anfitrión. Al terminar este Convenio, el sitio anfitrión devolverá cualquier información confidencial en su posesión a IAFF.

IAFF ha registrado los derechos de autor de sus Programas de Capacitación HazMat para prevenir el uso no autorizado. IAFF posee el derecho exclusivo de reproducir copias de los Programas de Capacitación HazMat de IAFF; de preparar obras derivadas de los Programas de Capacitación HazMat de IAFF; de distribuir los Programas de Capacitación HazMat de IAFF al público; y de exhibir públicamente esta obra. Los derechos de autor del Programa de Capacitación HazMat de IAFF están registrados en la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos. Debido a este registro, IAFF puede invocar ciertos recursos en una demanda por infracción de derechos de autor. Estos recursos incluyen daños reales, medidas cautelares, cualquier beneficio obtenido por el infractor y daños estatutarios, incluyendo honorarios de abogados y costos de litigio. Los derechos de autor de IAFF sobre sus Programas de Capacitación HazMat también gozan de protección completa en Canadá conforme a la Convención Universal sobre Derecho de Autor. IAFF se reserva todos los derechos bajo la ley canadiense e internacional por infracción de derechos de autor y por cualquier uso ilegal, distribución, copia y creación de obras derivadas que no estén permitidas por esta licencia. IAFF puede invocar ciertos recursos en una demanda por infracción de derechos de autor. Estos recursos incluyen daños reales, medidas cautelares, cualquier beneficio obtenido por el infractor y daños punitivos.

Esta protección de derechos de autor se extiende a cualquier derivado de los Programas de Capacitación HazMat de IAFF que sea “sustancialmente similar” al Programa. Además, IAFF NO otorga una licencia para la creación de obras derivadas u obras que estén basadas total o parcialmente en el Programa de Capacitación HazMat de IAFF. Esto incluye obras escritas, así como orales. Se requiere un permiso específico por escrito de IAFF para crear obras derivadas.

Aunque IAFF puede permitir la reproducción y reimpresión del Programa de Capacitación HazMat de IAFF previa solicitud, esto no autoriza al licenciatario a reimprimir o reproducir, en su totalidad o en parte, el Programa de Capacitación HazMat de IAFF. Se requiere un permiso específico por escrito de IAFF para reimprimir o reproducir el Programa HazMat. El IAFF se reserva todos los derechos y recursos por infracción de derechos de autor para cualquier uso ilegal, distribución, copia o creación de trabajos derivados que no estén cubiertos por esta licencia.

IAFF tiene derecho a, y emprenderá, acciones legales contra cualquier infracción de sus derechos exclusivos o de su acuerdo de licencia. Las medidas correctivas por infracción de derechos de autor incluyen la obtención de una orden judicial para prevenir infracciones adicionales y asegurar la destrucción de copias no autorizadas. También incluyen la recuperación de cualquier daño sufrido por IAFF, la recuperación de las ganancias del infractor, y la recuperación de honorarios de abogados y costos del litigio.

Esta licencia está sujeta a terminación por cualquier motivo a elección de IAFF mediante notificación escrita. Esta licencia no puede ser transferida ni sublicenciada a terceros sin el permiso de IAFF.

La Ciudad indemnizará completamente, defenderá y eximirá de responsabilidad a IAFF de y contra todas y cada una de las reclamaciones, pérdidas, daños, gastos y responsabilidades que surjan bajo este Convenio, siempre que dicha reclamación, pérdida, daño, gasto o responsabilidad no surja de la negligencia grave o mala conducta intencional de IAFF.

Cualquier notificación dada bajo este Convenio por cualquiera de las partes a la otra debe ser efectuada por escrito mediante entrega personal, o por correo, registrado o certificado con franqueo prepagado y acuse de recibo solicitado (o entrega por transportista privado, por ejemplo, UPS, FedEx, con firma requerida). Las notificaciones enviadas por correo deben ser dirigidas a las partes en las direcciones que aparecen en el párrafo introductorio de este Convenio, pero cada parte puede cambiar la dirección dando aviso por escrito de acuerdo con este párrafo. Las notificaciones entregadas personalmente se considerarán comunicadas en el momento de la recepción real; las notificaciones enviadas por correo se considerarán comunicadas en la fecha de recepción o el quinto día después del envío, lo que ocurra primero.

Si alguna disposición de este Acuerdo es: (i) considerada inválida, nula o inaplicable por un árbitro o un tribunal de jurisdicción competente, o (ii) invalidada por una ley estatal promulgada después de que las partes celebraran este Acuerdo, las disposiciones restantes continuarán en pleno vigor y efecto sin verse afectadas o invalidadas de ninguna manera.

Ninguna falta o retraso por parte del IAFF en el ejercicio de cualquier derecho, poder o privilegio en virtud del presente documento operará como una renuncia a los mismos, ni ningún ejercicio único o parcial de los mismos impedirá cualquier otro ejercicio posterior o el ejercicio de cualquier derecho, poder o privilegio en virtud del presente documento.

El sitio anfitrión es una entidad independiente y ni el sitio anfitrión ni sus agentes o empleados serán considerados empleados o agentes del IAFF. Este Acuerdo no constituye y no se interpretará como la constitución de una asociación o empresa conjunta o la concesión de una franquicia entre el IAFF y el sitio anfitrión. Este Acuerdo no se interpretará como una autorización para que ninguna de las partes actúe en nombre de la otra parte en calidad de agente o de cualquier otra manera, ni para asumir compromisos de ningún tipo por cuenta o en nombre de la otra, excepto en la medida y para los fines aquí previstos.

Este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Distrito de Columbia. Las partes acuerdan que cada una ha revisado y redactado este Acuerdo y que la regla normal de interpretación según la cual cualquier ambigüedad debe resolverse en contra de la parte redactora no se aplicará en la interpretación de este Acuerdo o de cualquier revisión o anexo del mismo.

Este Acuerdo constituye el entendimiento completo de las partes en relación con el objeto del mismo. Este Acuerdo reemplaza cualquier y todos los acuerdos previos, ya sean orales o escritos, entre las partes y contiene todas las representaciones, convenios y acuerdos entre las partes. Cada parte de este Acuerdo reconoce que ninguna representación, inducción, promesa o acuerdo, oral o de otro tipo, ha sido hecho por ninguna parte, que no esté contenido en este Acuerdo, y que ningún otro acuerdo, declaración o promesa no contenida en este Acuerdo será válida o vinculante. Cualquier modificación de este Acuerdo será efectiva solo si se realiza por escrito y está firmada por las partes aquí mencionadas.

Los Artículos y otros encabezados contenidos en este Acuerdo están destinados a organizar el documento y no afectarán de ninguna manera el significado o la interpretación de los términos de este Acuerdo.