{"id":95526,"date":"2019-04-07T14:45:24","date_gmt":"2019-04-07T18:45:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iaff.org\/iniciativa-de-salud-presuntiva\/ley-de-discapacidad-presuntiva-en-connecticut\/"},"modified":"2025-06-18T14:32:09","modified_gmt":"2025-06-18T18:32:09","slug":"ley-de-discapacidad-presuntiva-en-connecticut","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/iniciativa-de-salud-presuntiva\/ley-de-discapacidad-presuntiva-en-connecticut\/","title":{"rendered":"Ley de discapacidad presuntiva en Connecticut"},"content":{"rendered":"<section\n\t class=\"secondary-hero align wp-block-acf-secondary-hero\" id=\"secondary-hero_block_ab5592dbadd61607790ad847653d54eb\">\n\t\n<header\n\tclass=\"w-full u-bg-full-width px-[22px] md:ps-bleed md:pe-0 py-[60px] bg-blue text-white u-has-rivets\"\n\tdata-theme=\"navy\"\n>\n\t<div class=\"flex flex-col !px-0 !max-w-[1440px] w-full lg:!ps-indent\">\n\t\t<div class=\"border-t-[6px] w-full my-0 flex flex-col md:flex-row gap-x-[62px] gap-y-[22px] border-gold\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"w-full md:w-1\/2 md:py-[45px]\">\n\t\t\t\t<div class=\"max-w-[600px] flex flex-col gap-[22px]\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<h1 class=\"has-[.u-halftone-shadow--dark]:mb-divider has-[.u-halftone-shadow--light]:mb-divider pt-[22px] md:pt-0\">\n\t\t\t\t\t\t\t<span class=\"inline-flex text-heading-200 u-halftone-shadow--light\">\n\t\t\t\t\t\t\t\tLey de discapacidad presuntiva en Connecticut\t\t\t\t\t\t\t<\/span>\n\t\t\t\t\t\t<\/h1>\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t<\/div>\n\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<div class=\"order-first flex justify-start w-full pb-[22px]\">\n\t\t\t\t<div\n\tclass=\"wp-block-button is-style-tertiary text-white is-style-tertiary-back\"\n>\n\t\t\t<a\n\t\t\thref=\"https:\/\/www.iaff.org\/es\/iniciativa-de-salud-presuntiva\/\"\n\t\t\tclass=\"wp-block-button__link wp-element-button group\"\n\t\t\t\t\t>\n\t\t\t<span\n\t\t\tclass=\"decoration-transparent underline underline-offset-2 group-hover:decoration-inherit group-focus-visible:decoration-inherit transition duration-hover\"\n\t\t>\n\t\t\tIniciativa de Salud Presuntiva\t\t<\/span>\n\n\t\t<span\n\t\t\tclass=\"bg-inherit transition-colors duration-hover group-hover:bg-gold group-focus:bg-gold inline-flex rotate-180 order-first\"\n\t\t>\n\t\t\t<svg xmlns=\"http:\/\/www.w3.org\/2000\/svg\" width=\"21\" height=\"22\" fill=\"none\" viewBox=\"0 0 21 22\"><path stroke=\"currentColor\" stroke-linecap=\"round\" stroke-width=\"2\" d=\"M20 20.75L20 2.25L1.5 2.25L1.5 20.75L20 20.75Z\" clip-rule=\"evenodd\"\/><path stroke=\"currentColor\" stroke-linecap=\"square\" stroke-width=\"2\" d=\"M14.0883 11.5L6.66406 11.5\"\/><path stroke=\"currentColor\" stroke-linecap=\"square\" stroke-width=\"2\" d=\"M11.0723 7.75205L14.8363 11.5L11.0723 15.248\"\/><\/svg>\t\t<\/span>\n\t<\/a><\/div>\n\t\t\t<\/div>\n\t\t\t<\/div>\n<\/header>\n<\/section>\n<div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>PARTE DEL C\u00d3DIGO:<\/strong><br\/>Asamblea General de Connecticut<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>T\u00cdTULO 7 MUNICIPALIDADES, CAP\u00cdTULO 113 EMPLEADOS MUNICIPALES<br\/>Se deroga la Sec. 7-313e de los estatutos generales y se sustituye por lo siguiente (Vigente a partir del 1 de octubre de 2024)<br\/>Sec. 7-433c. Beneficios para polic\u00edas o bomberos incapacitados o fallecidos como resultado de hipertensi\u00f3n o enfermedad card\u00edaca <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>T\u00edtulo 31 Trabajo, CAP\u00cdTULO 568 LEY DE \u201cCOMPENSACI\u00d3N DE TRABAJADORES<br\/>Sec. 31-275. Definiciones.<br\/>Sec. 31-294i. Bomberos y oficiales de polic\u00eda municipales. Presunci\u00f3n de responsabilidad del empleador por emergencias card\u00edacas.<br\/>Sec. 31-294j. Elegibilidad de bomberos municipales, oficiales de polic\u00eda, alguaciles y miembros del servicio de ambulancia voluntario con respecto a los beneficios por enfermedades derivadas y en el curso del empleo.<br\/>Sec. 31-294K. Beneficios de Compensaci\u00f3n de Trabajadores por Ciertos Trastornos Mentales o Emocionales Sufridos por Proveedores de Atenci\u00f3n M\u00e9dica en Relaci\u00f3n con COVID-19<br\/>Sec. 159. (NUEVO) (Vigente a partir del 1 de octubre de 2023) (a) A los efectos de esta secci\u00f3n\u201d      <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><a href=\"https:\/\/www.ct.gov\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Sitio web legislativo de Connecticut<\/a><\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>DESCRIPCI\u00d3N:<\/strong><\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>Secci\u00f3n 7-313e<br\/>(b) Si el fallecimiento de un bombero uniformado remunerado o voluntario es causado por un evento card\u00edaco, accidente cerebrovascular o embolia pulmonar que ocurri\u00f3 no m\u00e1s de veinticuatro horas despu\u00e9s de que dicho bombero concluyera un turno o entrenamiento, el jefe del departamento de bomberos de dicho bombero tendr\u00e1 la autoridad para determinar si dicho bombero falleci\u00f3 en cumplimiento del deber, a menos que una carta org\u00e1nica local u ordenanza vigente el 1 de octubre de 2024 otorgue la autoridad a un individuo o entidad diferente para hacer dicha determinaci\u00f3n. Tal declaraci\u00f3n de un jefe no se utilizar\u00e1 como evidencia para una reclamaci\u00f3n de compensaci\u00f3n de trabajadores bajo el cap\u00edtulo 568. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>Sec. 7-433c. Beneficios para polic\u00edas o bomberos incapacitados o fallecidos como resultado de hipertensi\u00f3n o enfermedad card\u00edaca. (a) No obstante cualquier disposici\u00f3n del cap\u00edtulo 568 o cualquier otro estatuto general, carta org\u00e1nica, ley especial u ordenanza en contrario, en caso de que un miembro uniformado de un departamento de bomberos municipal remunerado o un miembro regular de un departamento de polic\u00eda municipal remunerado que haya aprobado con \u00e9xito un examen f\u00edsico al ingresar a dicho servicio, cuyo examen no revel\u00f3 ninguna evidencia de hipertensi\u00f3n o enfermedad card\u00edaca, sufra, ya sea fuera de servicio o en servicio, cualquier condici\u00f3n o deterioro de salud causado por hipertensi\u00f3n o enfermedad card\u00edaca que resulte en su muerte o su incapacidad temporal o permanente, total o parcial, \u00e9l o sus dependientes, seg\u00fan sea el caso, recibir\u00e1n de su empleador municipal compensaci\u00f3n y atenci\u00f3n m\u00e9dica en la misma cantidad y de la misma manera que la proporcionada bajo el cap\u00edtulo 568 si dicha muerte o incapacidad fue causada por una lesi\u00f3n personal que surgi\u00f3 de y en el curso de su empleo y fue sufrida en el cumplimiento del deber y dentro del \u00e1mbito de su empleo, y del sistema de jubilaci\u00f3n municipal o estatal bajo el cual est\u00e1 cubierto, \u00e9l o sus dependientes, seg\u00fan sea el caso, recibir\u00e1n los mismos beneficios de jubilaci\u00f3n o sobreviviente que se pagar\u00edan bajo dicho sistema si dicha muerte o incapacidad fue causada por una lesi\u00f3n personal que surgi\u00f3 de y en el curso de su empleo, y fue sufrida en el cumplimiento del deber y dentro del \u00e1mbito de su empleo. Si la aprobaci\u00f3n exitosa de dicho examen f\u00edsico fue, en el momento de su empleo, requerida como condici\u00f3n para dicho empleo, no se requerir\u00e1 prueba o registro de dicho examen como evidencia en el mantenimiento de una reclamaci\u00f3n bajo esta secci\u00f3n o bajo dichos sistemas de jubilaci\u00f3n municipales o estatales. Los beneficios proporcionados por esta secci\u00f3n ser\u00e1n en lugar de cualquier otro beneficio que dicho polic\u00eda o bombero o sus dependientes puedan tener derecho a recibir de su empleador municipal bajo las disposiciones del cap\u00edtulo 568 o el sistema de jubilaci\u00f3n municipal o estatal bajo el cual est\u00e1 cubierto, excepto seg\u00fan lo dispuesto por esta secci\u00f3n, como resultado de cualquier condici\u00f3n o deterioro de salud causado por hipertensi\u00f3n o enfermedad card\u00edaca que resulte en su muerte o su incapacidad temporal o permanente, total o parcial. Seg\u00fan se utiliza en esta secci\u00f3n, \u201cempleador municipal\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 7-467.     <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(b) No obstante las disposiciones de la subsecci\u00f3n (a) de esta secci\u00f3n, aquellas personas que comenzaron su empleo el 1 de julio de 1996 o despu\u00e9s, no ser\u00e1n elegibles para ning\u00fan beneficio conforme a esta secci\u00f3n. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 31-275. Definiciones. <\/strong><\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(16) (A) \u201cLesi\u00f3n personal\u201d o \u201clesi\u00f3n\u201d incluye, adem\u00e1s de la lesi\u00f3n accidental que puede ser definitivamente localizada en cuanto al momento y lugar en que ocurri\u00f3 el accidente, una lesi\u00f3n a un empleado que est\u00e1 causalmente conectada con el empleo del empleado y es el resultado directo de un trauma repetitivo o actos repetitivos incidentales a dicho empleo, y enfermedad ocupacional.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(B) \u201cLesi\u00f3n personal\u201d o \u201clesi\u00f3n\u201d no se interpretar\u00e1 para incluir:<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(i) Una lesi\u00f3n a un empleado que resulte de la participaci\u00f3n voluntaria del empleado en cualquier actividad cuyo prop\u00f3sito principal sea social o recreativo, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose a, eventos deportivos, fiestas y picnics, independientemente de si el empleador paga parte o la totalidad del costo de dicha actividad;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(ii) Un deterioro mental o emocional, a menos que dicho deterioro<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(I) surja de una lesi\u00f3n f\u00edsica o enfermedad ocupacional,<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(II) en el caso de un oficial de polic\u00eda de la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda Estatal dentro del Departamento de Servicios de Emergencia y Protecci\u00f3n P\u00fablica, un departamento de polic\u00eda local organizado o una gendarmer\u00eda municipal, surja del uso de fuerza letal por parte de dicho oficial de polic\u00eda o de su sometimiento a fuerza letal en el cumplimiento del deber, independientemente de si dicho oficial de polic\u00eda resulta f\u00edsicamente lesionado, siempre que dicho oficial de polic\u00eda sea objeto de un intento por parte de otra persona de causarle lesiones f\u00edsicas graves o la muerte mediante el uso de fuerza letal, y dicho oficial de polic\u00eda crea razonablemente ser objeto de tal intento, o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(III) en el caso de un individuo elegible seg\u00fan se define en la secci\u00f3n 31-294k, seg\u00fan enmendada por esta ley, sea un diagn\u00f3stico de lesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico seg\u00fan se define en la secci\u00f3n 31-294k, seg\u00fan enmendada por esta ley, que cumpla con todos los requisitos de la secci\u00f3n 31-294k, seg\u00fan enmendada por esta ley. Seg\u00fan se utiliza en esta cl\u00e1usula, \u201cen el cumplimiento del deber\u201d significa cualquier acci\u00f3n que un oficial de polic\u00eda est\u00e9 obligado o autorizado por ley, norma, reglamento o condici\u00f3n escrita de servicio de empleo a realizar, o por la cual el oficial de polic\u00eda o bombero sea compensado por la entidad p\u00fablica a la que sirve; <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iii) Un deterioro mental o emocional que resulte de una acci\u00f3n de personal, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose a, un traslado, ascenso, descenso de categor\u00eda o cese; o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iv) No obstante las disposiciones del subp\u00e1rrafo (B)(i) de esta subdivisi\u00f3n, \u201clesi\u00f3n personal\u201d o \u201clesi\u00f3n\u201d incluye lesiones a empleados de juntas de educaci\u00f3n locales o regionales resultantes de la participaci\u00f3n en una actividad patrocinada por la escuela, pero no incluye ninguna lesi\u00f3n sufrida al ir o venir de dicha actividad. Seg\u00fan se utiliza en esta cl\u00e1usula, \u201cactividad patrocinada por la escuela\u201d significa cualquier actividad patrocinada, reconocida o autorizada por una junta de educaci\u00f3n e incluye actividades realizadas dentro o fuera de la propiedad escolar y \u201cparticipaci\u00f3n\u201d significa actuar como acompa\u00f1ante, asesor, supervisor o instructor a petici\u00f3n de un administrador con autoridad supervisora sobre el empleado. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 31-294i<\/strong>. Bomberos y oficiales de polic\u00eda municipales. Presunci\u00f3n de responsabilidad del empleador por emergencias card\u00edacas. A los efectos de la adjudicaci\u00f3n de reclamaciones para el pago de beneficios bajo las disposiciones de este cap\u00edtulo a un miembro uniformado de un departamento de bomberos municipal remunerado o un miembro regular de un departamento de polic\u00eda municipal remunerado o alguacil que comenz\u00f3 dicho empleo el 1 de julio de 1996 o despu\u00e9s, cualquier condici\u00f3n o deterioro de la salud causado por una emergencia card\u00edaca ocurrida a dicho miembro el 1 de julio de 2009 o despu\u00e9s, mientras dicho miembro est\u00e1 en entrenamiento o dedicado a tareas de bombero en el lugar de un accidente o incendio, u otra operaci\u00f3n de seguridad p\u00fablica dentro del \u00e1mbito de empleo de dicho miembro para su empleador municipal que resulte en muerte o discapacidad total o parcial temporal o permanente, se presumir\u00e1 que ha sido sufrida en el cumplimiento del deber y dentro del \u00e1mbito del empleo de dicho miembro, a menos que se demuestre lo contrario mediante preponderancia de la evidencia, siempre que dicho miembro haya aprobado satisfactoriamente un examen f\u00edsico al ingresar al servicio realizado por un m\u00e9dico, asistente m\u00e9dico o enfermero de pr\u00e1ctica avanzada con licencia designado por dicho departamento, cuyo examen no revel\u00f3 evidencia alguna de dicha condici\u00f3n. A los efectos de esta secci\u00f3n, \u201cemergencia card\u00edaca\u201d significa paro card\u00edaco o infarto de miocardio, y \u201calguacil\u201d significa cualquier oficial de la ley municipal que est\u00e9 autorizado a realizar arrestos y haya completado la certificaci\u00f3n del Consejo de Normas y Entrenamiento de Oficiales de Polic\u00eda de conformidad con la secci\u00f3n 7-294a.    <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 31-294j<\/strong>. Elegibilidad de bomberos municipales, oficiales de polic\u00eda, alguaciles y miembros de servicios de ambulancia voluntarios con respecto a beneficios por enfermedades surgidas de y en el curso del empleo. A los efectos de la adjudicaci\u00f3n de reclamaciones para el pago de beneficios bajo las disposiciones de este cap\u00edtulo, un miembro uniformado de un departamento de bomberos municipal remunerado o voluntario, un miembro regular de un departamento de polic\u00eda municipal remunerado, un alguacil, seg\u00fan se define en la secci\u00f3n 31-294i, o un miembro de un servicio de ambulancia voluntario ser\u00e1 elegible para dichos beneficios por cualquier enfermedad surgida de y en el curso del empleo, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose a, hepatitis, meningitis meningoc\u00f3cica, tuberculosis, enfermedad de Kahler, linfoma no Hodgkin y c\u00e1ncer de pr\u00f3stata o testicular que resulte en muerte o discapacidad total o parcial temporal o permanente.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 31-294k<\/strong>. (a) Seg\u00fan se utiliza en esta secci\u00f3n: <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(1) \u201cCOVID-19\u201d significa la enfermedad respiratoria designada por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud el 11 de febrero de 2020 como coronavirus 2019, y cualquier mutaci\u00f3n relacionada reconocida por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud como una enfermedad respiratoria transmisible;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) \u201cIndividuo elegible\u201d significa un oficial de polic\u00eda, bombero, personal de servicios m\u00e9dicos de emergencia, empleado del Departamento de Correcci\u00f3n, teleoperador o proveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(3) \u201cPersonal de servicios m\u00e9dicos de emergencia\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 20-206jj;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(4) \u201cBombero\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 7-313g;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(5) \u201cProveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica\u201d significa (A) una persona empleada en un consultorio m\u00e9dico, hospital, centro de atenci\u00f3n m\u00e9dica, cl\u00ednica, facultad de medicina, departamento o agencia de salud local, centro de enfermer\u00eda, centro de retiro, hogar de ancianos, hogar grupal, proveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica domiciliaria, cualquier instalaci\u00f3n que realice pruebas de laboratorio o m\u00e9dicas, farmacia o cualquier instituci\u00f3n similar, o (B) una persona empleada para proporcionar asistencia de cuidado personal, seg\u00fan se define en la secci\u00f3n 17b-706, en o alrededor de una vivienda privada, siempre que dicha persona sea empleada regularmente por el propietario u ocupante de la vivienda por m\u00e1s de veintis\u00e9is horas por semana;  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(6) \u201cEn el cumplimiento del deber\u201d significa cualquier acci\u00f3n que un individuo elegible est\u00e1 obligado o autorizado por ley, norma, reglamento o condici\u00f3n escrita de servicio de empleo a realizar, o por la cual el individuo elegible es compensado por la entidad p\u00fablica a la que sirve, excepto que, en el caso de un bombero voluntario, dicha acci\u00f3n o servicio constituye deberes de bombero, seg\u00fan se define en la subsecci\u00f3n (b) de la secci\u00f3n 7-314b;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(7) \u201cProfesional de salud mental\u201d significa un psiquiatra certificado por la junta o un psic\u00f3logo licenciado de conformidad con el cap\u00edtulo 383, que tiene experiencia en el diagn\u00f3stico y tratamiento de lesiones por estr\u00e9s postraum\u00e1tico;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(8) \u201cOficial de libertad condicional\u201d significa un empleado del Departamento de Correcci\u00f3n que supervisa a los reclusos en la comunidad despu\u00e9s de su liberaci\u00f3n de la prisi\u00f3n en libertad condicional o bajo otro programa de liberaci\u00f3n de prisi\u00f3n;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(9) \u201cOficial de polic\u00eda\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 7-294a, excepto que \u201coficial de polic\u00eda\u201d no incluye a un oficial de una unidad de aplicaci\u00f3n de la ley de la Tribu Mashantucket Pequot o la Tribu Mohegan de Indios de Connecticut;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(10) \u201cLesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico\u201d significa una lesi\u00f3n que cumple con los criterios de diagn\u00f3stico para el trastorno de estr\u00e9s postraum\u00e1tico seg\u00fan se especifica en la edici\u00f3n m\u00e1s reciente del<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>\u201cManual Diagn\u00f3stico y Estad\u00edstico de los Trastornos Mentales\u201d de la Asociaci\u00f3n Americana de Psiquiatr\u00eda;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(11) \u201cEvento calificador\u201d significa:<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(A) Un evento que ocurre en el cumplimiento del deber en o despu\u00e9s del 1 de julio de 2019, en el cual un oficial de polic\u00eda, oficial de libertad condicional, bombero, personal de servicios m\u00e9dicos de emergencia, empleado del Departamento de Correcci\u00f3n o teleoperador:<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(i) Ve a un menor fallecido;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(ii) Presencia la muerte de una persona o un incidente que involucra la muerte de una persona;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iii) Presencia una lesi\u00f3n a una persona que posteriormente fallece antes o al momento de la admisi\u00f3n en un hospital como resultado de la lesi\u00f3n y no como resultado de cualquier otra causa interviniente;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iv) Tiene contacto f\u00edsico y trata a una persona lesionada que posteriormente fallece antes o al momento de la admisi\u00f3n en un hospital como resultado de la lesi\u00f3n y no como resultado de cualquier otra causa interviniente;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(v) Transporta a una persona lesionada que posteriormente fallece antes o al momento de la admisi\u00f3n en un hospital como resultado de la lesi\u00f3n y no como resultado de cualquier otra causa interviniente; o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(vi) Presencia una lesi\u00f3n f\u00edsica traum\u00e1tica que resulta en la p\u00e9rdida de una parte vital del cuerpo o una funci\u00f3n vital del cuerpo que resulta en la desfiguraci\u00f3n permanente de la v\u00edctima, o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(B) Un evento que surge de y en el curso del empleo en o despu\u00e9s del 10 de marzo de 2020, en el cual un individuo elegible que es un proveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica est\u00e1 involucrado en actividades sustancialmente dedicadas a mitigar o responder a las emergencias de salud p\u00fablica y preparaci\u00f3n civil declaradas por el Gobernador el 10 de marzo de 2020, o cualquier extensi\u00f3n de dichas declaraciones de emergencia, y:<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(i) Presencia la muerte de una persona debido a COVID-19 o debido a s\u00edntomas que posteriormente fueron diagnosticados como COVID-19;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(ii) Presencia una lesi\u00f3n a una persona que posteriormente fallece como resultado de COVID-19 o debido a s\u00edntomas que posteriormente fueron diagnosticados como COVID-19;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iii) Tiene contacto f\u00edsico y trata o proporciona atenci\u00f3n a una persona que posteriormente fallece como resultado de COVID-19 o debido a s\u00edntomas que posteriormente fueron diagnosticados como COVID-19; o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iv) Presencia una lesi\u00f3n f\u00edsica traum\u00e1tica que resulta en la p\u00e9rdida de una funci\u00f3n vital del cuerpo de una persona debido a COVID-19 o debido a s\u00edntomas que posteriormente fueron diagnosticados como COVID-19;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(12) \u201cTeleoperador\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 28-30; y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(13) \u201cTestigos\u201d significa, para un individuo elegible que es un teleoperador, escucha por tel\u00e9fono o radio mientras responde directamente a una llamada de emergencia que constituye un evento calificado bajo esta secci\u00f3n y proporciona una asignaci\u00f3n de despacho.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(b) Un diagn\u00f3stico de lesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico es compensable como una lesi\u00f3n personal seg\u00fan se describe en el subp\u00e1rrafo (B)(ii)(III) de la subdivisi\u00f3n (16) de la secci\u00f3n 31-275, seg\u00fan ha sido enmendada por esta ley, si un profesional de salud mental examina al individuo elegible y le diagnostica una lesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico como resultado directo de un evento calificado, siempre que<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(1) la lesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico resultara de<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(A) el individuo elegible actuando en el cumplimiento del deber si dicho individuo es un oficial de polic\u00eda, bombero, personal de servicios m\u00e9dicos de emergencia, empleado del Departamento de Correcci\u00f3n o teleoperador y, en el caso de un bombero, dicho bombero cumpli\u00f3 con las normas de la Ley Federal de Seguridad y Salud Ocupacional adoptadas conforme a 29 CFR 1910.134 y 29 CFR 1910.156, o<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(B) el individuo elegible actuando en el curso de su empleo si dicho individuo es un proveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica,<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) un evento calificado fue un factor sustancial en causar la lesi\u00f3n, y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(3) la lesi\u00f3n por estr\u00e9s postraum\u00e1tico no result\u00f3 de ninguna acci\u00f3n disciplinaria, evaluaci\u00f3n de trabajo, transferencia laboral, despido, degradaci\u00f3n, promoci\u00f3n, terminaci\u00f3n, jubilaci\u00f3n o acci\u00f3n similar del individuo elegible. Cualquier profesional de salud mental de este tipo deber\u00e1 cumplir con las directrices de compensaci\u00f3n laboral para proveedores m\u00e9dicos aprobados, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose a, las directrices sobre la divulgaci\u00f3n de registros m\u00e9dicos pasados o contempor\u00e1neos. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(c) Siempre que la responsabilidad de pagar compensaci\u00f3n sea impugnada por el empleador, el empleador deber\u00e1 presentar ante el comisionado, a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de que el empleador haya recibido un aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n, una notificaci\u00f3n de acuerdo con un formulario prescrito por el presidente de la Comisi\u00f3n de Compensaci\u00f3n de Trabajadores, declarando que el derecho a compensaci\u00f3n es impugnado, el nombre del reclamante, el nombre del empleador, la fecha de la presunta lesi\u00f3n y los motivos espec\u00edficos por los cuales se impugna el derecho a compensaci\u00f3n. El empleador deber\u00e1 enviar una copia del aviso al empleado de acuerdo con la secci\u00f3n 31-321. Si el empleador o el representante legal del empleador no presenta el aviso impugnando la responsabilidad a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de recibir el aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n, el empleador deber\u00e1 comenzar el pago de la compensaci\u00f3n por dicha lesi\u00f3n a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de recibir el aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n, pero el empleador puede impugnar el derecho del empleado a recibir compensaci\u00f3n por cualquier motivo o el alcance de la discapacidad del empleado dentro de los ciento ochenta d\u00edas a partir de la recepci\u00f3n del aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n y cualquier beneficio pagado durante los ciento ochenta d\u00edas se considerar\u00e1 pagos sin perjuicio, siempre que no se requiera que el empleador comience el pago de la compensaci\u00f3n cuando el aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n no haya sido debidamente notificado de acuerdo con la secci\u00f3n 31-321 o cuando el aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n no incluya una advertencia de que el empleador  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(1) si el empleador ha comenzado el pago por la presunta lesi\u00f3n a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de recibir un aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n, se le impedir\u00e1 impugnar la responsabilidad a menos que se presente un aviso impugnando la responsabilidad dentro de los ciento ochenta d\u00edas a partir de la recepci\u00f3n del aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n, y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) se presumir\u00e1 concluyentemente que ha aceptado la compensabilidad de la presunta lesi\u00f3n a menos que el empleador presente un aviso impugnando la responsabilidad a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de recibir un aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n o comience el pago por la presunta lesi\u00f3n a m\u00e1s tardar dicho vig\u00e9simo octavo d\u00eda. Un empleador tendr\u00e1 derecho, si prevalece, al reembolso por parte del reclamante de cualquier compensaci\u00f3n pagada por el empleador en y despu\u00e9s de la fecha en que el comisionado reciba un aviso por escrito del empleador o del representante legal del empleador, de acuerdo con el formulario prescrito por el presidente de la Comisi\u00f3n de Compensaci\u00f3n de Trabajadores, declarando que el derecho a compensaci\u00f3n es impugnado. No obstante las disposiciones de esta subsecci\u00f3n, se presumir\u00e1 concluyentemente que un empleador que no impugne la responsabilidad por una presunta lesi\u00f3n a m\u00e1s tardar el vig\u00e9simo octavo d\u00eda despu\u00e9s de recibir un aviso por escrito de la reclamaci\u00f3n y que no comience el pago por la presunta lesi\u00f3n a m\u00e1s tardar dicho vig\u00e9simo octavo d\u00eda, ha aceptado la compensabilidad de la presunta lesi\u00f3n. Si un empleador ha optado por publicar una direcci\u00f3n donde se debe enviar el aviso de una reclamaci\u00f3n de compensaci\u00f3n por parte de un empleado, como se describe en la subsecci\u00f3n (a) de la secci\u00f3n 31-294c, el per\u00edodo de veintiocho d\u00edas establecido en esta subsecci\u00f3n comenzar\u00e1 en la fecha en que dicho empleador reciba el aviso por escrito de una reclamaci\u00f3n de compensaci\u00f3n en dicha direcci\u00f3n publicada.   <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(d) No obstante cualquier disposici\u00f3n de este cap\u00edtulo, los beneficios de compensaci\u00f3n laboral para cualquier individuo elegible por una lesi\u00f3n personal descrita en el subp\u00e1rrafo (B)(ii)(III) de la subdivisi\u00f3n (16) de la secci\u00f3n 31-275, seg\u00fan ha sido enmendada por esta ley, deber\u00e1n<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(1) incluir cualquier combinaci\u00f3n de tratamiento m\u00e9dico prescrito por un psiquiatra certificado o un psic\u00f3logo licenciado, beneficios por incapacidad total temporal seg\u00fan la secci\u00f3n 31-307 y beneficios por incapacidad parcial temporal seg\u00fan la subsecci\u00f3n (a) de la secci\u00f3n 31-308, y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) ser proporcionado por un m\u00e1ximo de cincuenta y dos semanas a partir de la fecha del diagn\u00f3stico. No se otorgar\u00e1 ning\u00fan tratamiento m\u00e9dico, beneficios por incapacidad total temporal seg\u00fan la secci\u00f3n 31-307 o beneficios por incapacidad parcial temporal seg\u00fan la subsecci\u00f3n (a) de la secci\u00f3n 31-308 m\u00e1s all\u00e1 de cuatro a\u00f1os a partir de la fecha del evento calificador que form\u00f3 la base de la lesi\u00f3n personal. Los beneficios semanales recibidos por un individuo elegible de conformidad con la secci\u00f3n 31-307 o la subsecci\u00f3n (a) de la secci\u00f3n 31-308, cuando se combinen con otros beneficios, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose a, beneficios de jubilaci\u00f3n contributivos y no contributivos, beneficios del Seguro Social, beneficios bajo un plan de discapacidad a largo o corto plazo, pero sin incluir pagos por atenci\u00f3n m\u00e9dica, no exceder\u00e1n el salario semanal promedio pagado a dicho individuo elegible. Un individuo elegible que reciba beneficios de conformidad con esta subsecci\u00f3n no tendr\u00e1 derecho a beneficios de conformidad con la subsecci\u00f3n (b) de la secci\u00f3n 31-308 o la secci\u00f3n 31-308a.      <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 159.<\/strong> (NUEVO) (Vigente a partir del 1 de octubre de 2023) (a) Para los prop\u00f3sitos de esta secci\u00f3n:<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(1) \u201cBombero\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 7-313g de los estatutos generales;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) \u201cCompensaci\u00f3n\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 31-275 de los estatutos generales;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(3) \u201cEmpleador municipal\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 7-467 de los estatutos generales; y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(4) \u201cBombero estructural interior\u201d significa un individuo que realiza supresi\u00f3n de incendios, rescate de incendios, o ambos, ya sea dentro de edificios o en estructuras cerradas que est\u00e1n involucradas en un incendio m\u00e1s all\u00e1 de la etapa del incidente.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(5) \u201cEmpleador estatal\u201d significa el estado de Connecticut, incluyendo cualquier agencia o departamento del estado y cualquier junta de fideicomisarios de una universidad o colegio propiedad del estado o respaldado por este y sus sucursales; y<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(6) \u201cJuez de derecho administrativo\u201d tiene el mismo significado que se proporciona en la secci\u00f3n 31-275.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(b) No obstante las disposiciones del cap\u00edtulo 568 de los estatutos generales, un bombero diagnosticado con cualquier condici\u00f3n de c\u00e1ncer que afecte la piel, el cerebro, el sistema esquel\u00e9tico, el sistema digestivo, el sistema endocrino, el sistema respiratorio, el sistema linf\u00e1tico, el sistema reproductivo, el sistema urinario o el sistema hematol\u00f3gico que resulte en la muerte de dicho bombero o en una discapacidad total o parcial temporal o permanente, o sus dependientes, seg\u00fan sea el caso, recibir\u00e1n (1) compensaci\u00f3n y beneficios de la cuenta, establecida conforme a la secci\u00f3n 7-313h de los estatutos generales, en la misma cantidad y de la misma manera que se proporcionar\u00eda bajo el cap\u00edtulo 568 de los estatutos generales si dicha muerte o discapacidad fuera causada por una lesi\u00f3n ocupacional que surgi\u00f3 de y en el curso del empleo de dicho bombero y fue sufrida en el cumplimiento del deber y dentro del alcance del empleo de dicho bombero, y (2) (A) los mismos beneficios de jubilaci\u00f3n o de sobreviviente, del sistema de jubilaci\u00f3n municipal o estatal bajo el cual dicho bombero est\u00e1 cubierto, o (B) los beneficios por discapacidad disponibles de la Asociaci\u00f3n de Bomberos del Estado de Connecticut conforme a la secci\u00f3n 3-123 de los estatutos generales, que se habr\u00edan pagado bajo dicho sistema si dicha muerte o discapacidad hubiera sido causada por una lesi\u00f3n ocupacional que surgi\u00f3 de y en el curso del empleo de dicho bombero y fue sufrida en el cumplimiento del deber y dentro del alcance del empleo de dicho bombero, siempre que dicho bombero haya:  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(i) Sometido a un examen f\u00edsico posterior a la entrada en servicio de dicho miembro que no revel\u00f3 ninguna evidencia de o propensi\u00f3n a dicho c\u00e1ncer;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(ii) No haya utilizado cigarrillos, seg\u00fan se define en la secci\u00f3n 12-285 de los estatutos generales, durante el per\u00edodo de quince a\u00f1os anterior a dicho diagn\u00f3stico;<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iii) Estuvo empleado durante al menos cinco a\u00f1os en cualquier combinaci\u00f3n como (I) bombero estructural interior en un departamento de bomberos municipal, estatal o voluntario remunerado, o (II) jefe de bomberos local, subjefe de bomberos, investigador de incendios, inspector de incendios u otra clase de inspectores o investigadores para quienes el Jefe de Bomberos del Estado y el Comit\u00e9 de C\u00f3digos y Normas, actuando conjuntamente, hayan adoptado est\u00e1ndares m\u00ednimos de calificaci\u00f3n conforme a la secci\u00f3n 29-298 de los estatutos generales; y  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(iv) Se haya sometido a ex\u00e1menes m\u00e9dicos anuales seg\u00fan lo recomendado por el proveedor m\u00e9dico de dicho bombero.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(c) Cualquier individuo que ya no est\u00e9 sirviendo activamente como bombero pero que de otro modo ser\u00eda elegible para compensaci\u00f3n o beneficios de conformidad con las disposiciones de la subsecci\u00f3n (b) de esta secci\u00f3n puede solicitar dichos beneficios o compensaci\u00f3n no m\u00e1s de cinco a\u00f1os a partir de la fecha en que dicho individuo sirvi\u00f3 por \u00faltima vez como bombero. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(d) Para solicitar compensaci\u00f3n o beneficios conforme a las subsecciones (b) y (c) de esta secci\u00f3n, un bombero deber\u00e1 proporcionar aviso a la \u201cComisi\u00f3n de Compensaci\u00f3n de Trabajadores y al empleador municipal o empleador estatal de dicho bombero, de la misma manera que las reclamaciones de compensaci\u00f3n de trabajadores\u201d bajo el cap\u00edtulo 568 de los estatutos generales.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(e) (1) El empleador municipal o empleador estatal que emplea al bombero que solicita compensaci\u00f3n y beneficios deber\u00e1 administrar las reclamaciones presentadas conforme a las subsecciones (b) y (c) de esta secci\u00f3n de la misma manera que las reclamaciones de compensaci\u00f3n de trabajadores bajo el cap\u00edtulo 568 de los estatutos generales. Dicho empleador municipal o empleador estatal deber\u00e1 (A) pagar al bombero la compensaci\u00f3n o beneficios a los que dicho bombero tiene derecho, y (B) presentar, en la forma y manera proporcionada por el Tesorero del Estado, una solicitud de reembolso de la cuenta de alivio de c\u00e1ncer para bomberos. Los pagos por reembolso se procesar\u00e1n a m\u00e1s tardar cuarenta y cinco d\u00edas despu\u00e9s de que se reciba dicha solicitud.      <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) Cualquier costo asociado con el tratamiento del c\u00e1ncer de un bombero que no est\u00e9 cubierto por el seguro de salud personal o grupal de dicho bombero ser\u00e1 reembolsado, conforme a esta subsecci\u00f3n, por la cuenta de alivio de c\u00e1ncer para bomberos, siempre que dicho tratamiento cumpla con las disposiciones de la secci\u00f3n 31-294d.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(3) Si la cuenta de alivio de c\u00e1ncer para bomberos se vuelve insolvente, [un municipio no tendr\u00e1 obligaci\u00f3n] ning\u00fan empleador municipal o empleador estatal estar\u00e1 obligado a continuar proporcionando compensaci\u00f3n y beneficios conforme a la subdivisi\u00f3n (1) de la subsecci\u00f3n (b) de esta secci\u00f3n y la subsecci\u00f3n (c) de esta secci\u00f3n.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(f) Un bombero puede solicitar que se reconsidere una denegaci\u00f3n de compensaci\u00f3n o beneficios realizada conforme a la subsecci\u00f3n (e) de esta secci\u00f3n, y un juez de derecho administrativo tendr\u00e1 la autoridad para adjudicar dicha reclamaci\u00f3n de acuerdo con las disposiciones de la secci\u00f3n 31-278, seg\u00fan se enmienda por esta ley, de la misma manera que las reclamaciones de compensaci\u00f3n de trabajadores bajo el cap\u00edtulo 568. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(g) Si un examen f\u00edsico fue requerido por un empleador al momento del empleo del bombero, como condici\u00f3n para dicho empleo, o requerido anualmente como medio de empleo continuo, no se requerir\u00e1 que un bombero muestre prueba de dicho examen en el mantenimiento de una reclamaci\u00f3n bajo la subsecci\u00f3n (b) o (c) de esta secci\u00f3n o bajo dicho sistema de jubilaci\u00f3n municipal o estatal.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(h) Cualquier beneficio proporcionado bajo la subsecci\u00f3n (b) o (c) de esta secci\u00f3n ser\u00e1 compensado por cualquier otro beneficio que un bombero o los dependientes de dicho bombero puedan tener derecho a recibir de su empleador municipal o empleador estatal bajo las disposiciones del cap\u00edtulo 568 o el sistema de jubilaci\u00f3n municipal o estatal bajo el cual est\u00e9n cubiertos como resultado de cualquier condici\u00f3n o deterioro de la salud causado por c\u00e1ncer ocupacional que resulte en la muerte o discapacidad total o parcial permanente de dicho bombero.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(i) El Tesorero del Estado tendr\u00e1 la autoridad para auditar los reembolsos proporcionados por la cuenta de conformidad con la subsecci\u00f3n (e) de esta secci\u00f3n.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(j) Ning\u00fan pago de compensaci\u00f3n realizado bajo esta secci\u00f3n se utilizar\u00e1 como evidencia en apoyo de cualquier reclamaci\u00f3n futura bajo el cap\u00edtulo 568.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(k) Excepto lo dispuesto en las subsecciones (l) y (m) de esta secci\u00f3n, cualquier bombero que reciba compensaci\u00f3n bajo esta secci\u00f3n tendr\u00e1 prohibido presentar una reclamaci\u00f3n bajo el cap\u00edtulo 568 por un diagn\u00f3stico de c\u00e1ncer.  <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(l) Si la cuenta de ayuda contra el c\u00e1ncer de los bomberos se vuelve insolvente, un bombero que estaba recibiendo compensaci\u00f3n bajo esta secci\u00f3n puede presentar una reclamaci\u00f3n bajo el cap\u00edtulo 568, dentro de un a\u00f1o de recibir notificaci\u00f3n de su empleador municipal o empleador estatal de que la cuenta de ayuda contra el c\u00e1ncer de los bomberos se ha vuelto insolvente, para la continuaci\u00f3n de la compensaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(m) (1) Cualquier dependiente sobreviviente de un bombero que haya fallecido de c\u00e1ncer y estaba recibiendo compensaci\u00f3n o beneficios o ha solicitado compensaci\u00f3n o beneficios bajo esta secci\u00f3n puede presentar una reclamaci\u00f3n bajo el cap\u00edtulo 568 dentro de un a\u00f1o de la muerte de dicho bombero. Hasta que dicha reclamaci\u00f3n sea aprobada, dicho sobreviviente continuar\u00e1 recibiendo beneficios de la cuenta de ayuda contra el c\u00e1ncer de los bomberos. <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>(2) Si los dependientes sobrevivientes de un bombero que ha fallecido de c\u00e1ncer y estaba recibiendo compensaci\u00f3n o beneficios o ha solicitado compensaci\u00f3n o beneficios bajo esta secci\u00f3n no presentan una reclamaci\u00f3n bajo el cap\u00edtulo 568 dentro de un a\u00f1o de la muerte de dicho bombero, dichos sobrevivientes pueden continuar recibiendo beneficios de la cuenta de ayuda contra el c\u00e1ncer de los bomberos.<\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p><strong>Sec. 2<\/strong>. La Secci\u00f3n 31-278 de los estatutos generales se deroga y lo siguiente se sustituye en su lugar (Efectivo a partir del 1 de octubre de 2025): <\/p>\n<\/div><div class=\"wp-block-paragraph \">\n<p>Cada juez de derecho administrativo tendr\u00e1, para los prop\u00f3sitos de este cap\u00edtulo y la secci\u00f3n 7-313p, seg\u00fan enmendada por esta ley, el poder de citar y examinar bajo juramento a tales testigos, y podr\u00e1 ordenar la producci\u00f3n de, y examinar o hacer que se produzcan o examinen, tales libros, registros, comprobantes, memorandos, documentos, cartas, contratos u otros papeles en relaci\u00f3n con cualquier asunto en cuesti\u00f3n que considere apropiado, y tendr\u00e1 los mismos poderes en referencia a esto que se otorgan a los magistrados que toman deposiciones y tendr\u00e1 el poder de ordenar deposiciones de conformidad con la secci\u00f3n 52-148. Tendr\u00e1 el poder de certificar actos oficiales y tendr\u00e1 todos los poderes necesarios para permitirle desempe\u00f1ar los deberes impuestos por las disposiciones de este cap\u00edtulo y la secci\u00f3n 7-313p, seg\u00fan enmendada por esta ley. Cada juez de derecho administrativo escuchar\u00e1 todas las reclamaciones y cuestiones que surjan bajo este cap\u00edtulo y la secci\u00f3n 7-313p, seg\u00fan enmendada por esta ley, en el distrito al que el juez de derecho administrativo est\u00e9 asignado y todas esas reclamaciones se presentar\u00e1n en el distrito en el que surja la reclamaci\u00f3n, siempre que, si es incierto en qu\u00e9 distrito surge una reclamaci\u00f3n, o si una reclamaci\u00f3n surge de varias lesiones o enfermedades ocupacionales que ocurrieron en uno o m\u00e1s distritos, el juez de derecho administrativo a quien se haga la primera solicitud de audiencia escuchar\u00e1 y determinar\u00e1 dicha reclamaci\u00f3n en la misma medida que si surgiera \u00fanicamente dentro de su propio distrito. Si un juez de derecho administrativo est\u00e1 descalificado o temporalmente incapacitado para escuchar cualquier asunto, o si las partes as\u00ed lo solicitan y el presidente de la Comisi\u00f3n de Compensaci\u00f3n de Trabajadores considera que facilitar\u00e1 una disposici\u00f3n m\u00e1s r\u00e1pida de la reclamaci\u00f3n, designar\u00e1 a otro juez de derecho administrativo para escuchar y decidir dicho asunto. El Tribunal Superior, a solicitud de un juez de derecho administrativo o el presidente o el Fiscal General, puede hacer cumplir, mediante decreto o proceso apropiado, cualquier disposici\u00f3n de este cap\u00edtulo, la secci\u00f3n 7-313p, seg\u00fan enmendada por esta ley, o cualquier orden apropiada de un juez de derecho administrativo o el presidente dictada de conformidad con dicha disposici\u00f3n. Cualquier juez de derecho administrativo, despu\u00e9s de cesar en su cargo como tal juez de derecho administrativo, puede resolver y disponer de todos los asuntos relacionados con casos apelados, incluyendo la correcci\u00f3n de conclusiones y la certificaci\u00f3n de registros, as\u00ed como cualquier otro asunto no terminado perteneciente a causas previamente juzgadas por \u00e9l, en la misma medida que si a\u00fan fuera tal juez de derecho administrativo.     <\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PARTE DEL C\u00d3DIGO:Asamblea General de Connecticut T\u00cdTULO 7 MUNICIPALIDADES, CAP\u00cdTULO 113 EMPLEADOS MUNICIPALESSe deroga la Sec. 7-313e de los estatutos generales y se sustituye por lo siguiente (Vigente a partir [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"parent":93088,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_acf_changed":false,"_searchwp_excluded":"","inline_featured_image":false,"_EventAllDay":false,"_EventTimezone":"","_EventStartDate":"","_EventEndDate":"","_EventStartDateUTC":"","_EventEndDateUTC":"","_EventShowMap":false,"_EventShowMapLink":false,"_EventURL":"","_EventCost":"","_EventCostDescription":"","_EventCurrencySymbol":"","_EventCurrencyCode":"","_EventCurrencyPosition":"","_EventDateTimeSeparator":"","_EventTimeRangeSeparator":"","_EventOrganizerID":[],"_EventVenueID":[],"_OrganizerEmail":"","_OrganizerPhone":"","_OrganizerWebsite":"","_VenueAddress":"","_VenueCity":"","_VenueCountry":"","_VenueProvince":"","_VenueState":"","_VenueZip":"","_VenuePhone":"","_VenueURL":"","_VenueStateProvince":"","_VenueLat":"","_VenueLng":"","_VenueShowMap":false,"_VenueShowMapLink":false,"footnotes":""},"class_list":["post-95526","page","type-page","status-publish","hentry"],"acf":[],"publishpress_future_workflow_manual_trigger":{"enabledWorkflows":[]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/95526","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=95526"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/95526\/revisions"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/93088"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.iaff.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=95526"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}